Marco Legal

Relacionado con la forma jurídica

La Asociación Amisol se rige por la  Ley Organica 1/2002, de 22 de marzo reguladora del derecho de asociación y la Ley 4/2008, de abril, del libro Tercero del Código Civil de Cataluña y por sus estatutos.
Está inscrita en el registro de asociaciones de la Generalidad de Cataluña con el número 191 de la sección primera de la demarcación de Lleida y en el libro de registro de Entidades del Departamento de Bienestar Social y Familia con el número E00847.
Está reconocida por el Ministerio de Interior como Asociación de utilidad pública, número nacional 16.061 con fecha de 22 de febrero de 2000.
Se acoge a la  Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales del mecenazgo.

Relacionado con las Buenas prácticas

Ley 19/2014, del 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, por la igualdad efectiva de hombres y mujeres.

Relacionado con la misión

Decret 284/1996, de 23 de juliol, de regulació del sistema català de serveis socials.
Decret 176/2000, de 15 de maig, de modificació del Decret 284/1996.
Ley 12/2007 de 11 de octubre, de Servicios Sociales.
Decreto 142/2010, de 11 de octubre, por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales 2010-2011.
Real Decreto Legislativo 1/2013, del 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

Relacionado con el centro especial de empleo

Real Decreto 1368/1985 de 17 de julio, que regula la relación laboral de carácter especial de quienes trabajan en centros especializados de empleo de disminuidos.
Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los Centros Especiales de Empleo definidos en el artículo 42 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social del Minusválido.
Real Decreto 469/2006 de 21 de abril por el que se regulan las unidades de soporte a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los CET.
Decret 63/2015, de 28 de abril, de reestructuració del Departament dEmpresa i Treball.

Relacionado con los servicios asistenciales

Decret 279/1987,de 27 d’agost, pel qual es regulen els centres ocupacionals per a persones amb disminució. (Ocupacional)
Decret 336/1995, de 28 de desembre, pel qual es regula el Servei Ocupacional d’Inserció als Centres Ocupacionals per a persones amb disminució. (SOI)
Decret 261/2003, de 21 de octubre, pel qual es regulen els serveis datenció precoç. (CDIAP)
Decret 318/2006, de 25 de juliol, dels serveis d’acolliment residencial per a persones amb discapacitat. (Llar – Residència)

Estatutos

ESTATUTOS
Los Estatutos de la Asociación Amisol rigen los siguientes aspectos de la entidad:

 

FINES DE LA ASOCIACIÓN
Es misión de la Asociación velar por el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad intelectual. Ofrecer todo tipo de servicios y ayudas que les permitan alcanzar el máximo desarrollo humano, la plena inclusión social y la mejora de la calidad de vida basada en su realización personal, así como, también, atender y acompañar a sus familias.
Aunque la voluntad de la Asociación ha sido y sigue siendo la atención a las personas con discapacidad intelectual, se pueden atender a personas con otros tipos de discapacidades, siempre que la entidad disponga de recursos adecuados y de servicios adaptados a las sus necesidades.

 

MIEMBROS DE LA ASOCIACIÓN
Pueden formar parte de la Asociación todas las personas físicas mayores de edad, con capacidad de obrar y las personas jurídicas, privadas o públicas, que lo deseen, siempre que sus normas no excluyan la posibilidad de formar parte de una asociación . El nombramiento de socio o socia podrá conseguirse a través de una solicitud previa por escrito a la Junta Directiva, que tomará una decisión al respecto y la comunicará a la Asamblea General más inmediata.
En el supuesto de personas asociadas que tengan sentencia de incapacitación legal, ejercerán sus derechos a través de sus representantes legales, tutores o tutoras, de acuerdo con los términos de la sentencia en cada caso.

 

ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN

Asamblea General
La Asamblea General es el órgano soberano de la Asociación. Sus miembros forman parte por derecho propio e irrenunciable.

Junta Directiva
La Junta Directiva es el órgano que rige, administra y representa a la Asociación. Los miembros se eligen en la Asamblea General.

 

RÉGIMEN ECONÓMICO
Los recursos de la Asociación serán las cuotas periódicas de los socios, donativos, subvenciones, rentas del patrimonio y otros ingresos que puedan obtenerse.

Convenios

CONVENIOS
La Asociación Amisol se rige por los siguientes convenios:

Convenio CDIAP

Convenio Hogar- Residencia

Convenio Talleres

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